La Cámara de Diputados y Diputados chilena aprobó una reforma a la Ley de Migraciones que busca robustecer las reglas para el ingreso, estadía
La Cámara de Diputados y Diputados chilena aprobó una reforma a la Ley de Migraciones que busca robustecer las reglas para el ingreso, estadía y nacionalización de los migrantes que llegan al país. La iniciativa, que ahora debe seguir su trámite legislativo en el Senado, modifica 56 artículos e incluye nuevas causales de expulsión a las ya existentes como las faltas repetidas en un año por ruidos molestos, comercio ambulante o infracciones de tránsito, a fin de mejorar la gestión migratoria y velar por una mejor convivencia.
La norma amplía las causales por las que el Servicio Nacional de Migraciones puede y debe negar la entrada a un extranjero, agregando a las prohibiciones existentes el haber sido condenado en Chile o el extranjero por violencia intrafamiliar.
La reforma pretende además aumentar el periodo de residencia de cinco a diez años, como requisitos para recibir la nacionalización chilena, la que podrá ser revocada si la persona en cuestión es condenada por algún delito o presenta faltas repetidas.
Tocante a las causales de expulsión del país, se agregan delitos como explotación sexual, sicariato, uso y porte ilegal de armas, y faltas como emitir ruidos molestos, causar riñas, realizar comercio ambulante, arrojar residuos o objetos desde un vehículo, estacionar en un lugar no permitido, portar una licencia de conducir vencida o impedir el ejercicio de las funciones de los inspectores municipales.
Así las cosas y de aprobarse la ley en el Senado -como todo apunta-, el Estado deberá expulsar a los extranjeros que hayan sido condenados en el año anterior por 3 o más faltas contempladas en el Código Penal, o 6 o más infracciones dictadas por juzgados de policía local.
Cabe destacar que hoy en día el Servicio de Migraciones, para expulsar a un extranjero, debe primero ponderar la gravedad del delito, sus antecedentes penales, el período que lleva viviendo en el país de manera regular y sus redes familiares en Chile.
Educación y Salud
Según el libelo emitido por los congresistas, esta reforma a la Ley de Migraciones protege y respeta los Derechos Humanos de los inmigrantes, aunque “sin desmedro de los derechos de los nacionales”, puesto que existiendo las mismas condiciones económicas y sociales para todos, “la situación migratoria no será una circunstancia de ventaja con respecto a los nacionales”.
Debido a ello, quienes estén en situación irregular en Chile y quieran seguir atendiéndose gratis en los centros de salud, deberán conseguir rápidamente su DNI, pues con esta iniciativa “los establecimientos de salud respectivos deberán requerir el enrolamiento”.
Finalmente, en el ítem educación, los extranjeros mantienen su derecho a la enseñanza preescolar, básica y secundaria de los menores viviendo en el país, pero se elimina el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley de Migraciones, que indica que “los extranjeros podrán acceder a las instituciones de educación superior en igualdad de condiciones que los nacionales. Asimismo, podrán optar a la gratuidad universitaria”.
Fuente: Infobae.
Por: Mauricio Palazzo.